Licencias de apertura y actividad
Los trámites administrativos son imprescindibles. Cualquier local de hostelería debe contar con una licencia de apertura y actividad, que implica el pago de las tasas municipales fijadas.
- Si el local en el que vas a instalar tu negocio ya tuvo en algún momento esta licencia, el trámite será más sencillo. Si los anteriores propietarios la tienen en vigor y lo que vas a hacer es un traspaso, basta con solicitar un cambio de titularidad de esa licencia.
- Si el local nunca ha tenido licencia tendrás que solicitarla en el ayuntamiento. Probablemente con el justificante de la solicitud ya podrás abrir tu negocio.
Necesitarás también un proyecto firmado y visado que certifique que el local cumple con los requisitos de seguridad y sanitarios exigidos. En él deben especificarse las medidas de insonorización, salida de humos o accesibilidad.
Las comunidades autónomas y los ayuntamientos marcan sus propios requisitos. Los planes generales de higiene y el
elcarné de manipulador de alimentos
son uno de ellos. En el departamento de Sanidad de tu comunidad autónoma debes solicitar también la autorización sanitaria e inscribir la empresa en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del departamento de Industria y Comercio.
En el interior del establecimiento tienes que tener hojas de reclamación a disposición de los clientes. No olvides pagar la tasa correspondiente en el caso de usar música de ambiente.
Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios
Según la legislación vigente, las empresas alimentarias con domicilio social en el territorio nacional deben estar registradas ante las autoridades competentes.
Los restaurantes y demás establecimientos de hostelería pertenecen al Registro de establecimientos alimentarios para servicio y venta de productos alimenticios al consumidor final.
Este registro es competencia de la comunidad autónoma en la que se encuentre el establecimiento.
Seguro de responsabilidad civil
El Seguro de Responsabilidad Civil es imprescindible ya que te protegerá ante posibles reclamaciones de daños personales y/o materiales causados a terceros. Es una garantía para proteger tu patrimonio. Este seguro cubre cualquier daño que un tercero haya podido sufrir en tu restaurante, daño que te puedan reclamar tanto por actos propios como por actos de personas de las que debas responder, es decir, tu personal.
En tu restaurante deberás tener contratada también la Responsabilidad civil patronal, ya que si alguno de tus trabajador sufriese daños muy graves durante el ejercicio de su actividad, podría reclamar una indemnización.
La Responsabilidad civil de productos cubrirá la indemnización a los clientes por haber sufrido daños ocasionados por productos alimentarios servidos o elaborados en el local.